SUBVENCIONES DESTINADAS A LA IMPLANTACIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS EN ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS ALOJATIVOS, COFINANCIADAS CON FONDOS ESTRUCTURALES EUROPEOS (FEDER). ORDEN de 29 de abril de 2010.

PUBLICADO EN BOC Nº 092. Miércoles 12 de Mayo de 2010 – 2686   http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2010/092/007.html

BENEFICIARIOS: Sociedades mercantiles, sociedades civiles, cooperativas y empresarios individuales que cumpliendo con el principio de unidad de explotación y demás requisitos exigidos para el ejercicio de la actividad turística según prevé la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, modificada por la Ley 14/2009, de 30 de diciembre, tengan la condición de PYME y sean además, propietarios o explotadores de los establecimientos turísticos a los que se destinen las inversiones, estando expresamente excluidas las comunidades de bienes.

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES: Podrán ser objeto de subvención aquellas actuaciones y proyectos consistentes en la implantación de Tecnologías de la Información y Conocimiento (TICs) en establecimientos turísticos alojativos que posibiliten el uso de Internet como fuente de información, promoción y canal de comercialización del producto, destino y servicios. En este contexto podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos o servicios tecnológicos, consistentes en:

  • Conexiones a Internet.
  • Implantación WI-FI para clientes.
  • Cuentas de Correo Electrónico con Dominio Propio.
  • Creación, Implantación o Mejoras de páginas Webs de los establecimientos alojativos.
  • Servicios de alta y posicionamiento en buscadores con los límites previstos en la base 6.2.e).
  • Motor y sistemas de reserva y pagos «on line» integrados en las páginas webs de los establecimientos.
  • Terminal on-line de Información Turística en Destino, a instalar en el establecimiento alojativo.

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN: no podrá superar el sesenta por ciento (60%) de la cuantía de inversión aprobada, ni superar aislada o en concurrencia con otras subvenciones, el coste total de la actividad objeto de subvención.

PLAZO: HASTA EL 11 DE JUNIO DE 2010

PARA MÁS INFORMACIÓN CONTACTAR CON LA AGENCIA DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PUNTALLANA. Tfnos. : 922 430000/01/42

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir

Deja una respuesta