OBRAS DE AMPLIACION

Definición

Son aquellas en las que la reorganización constructiva se efectúa sobre la base de un aumento de la superficie construida original. Este aumento se puede obtener por:

  • Remonte o adición de una o más plantas sobre las existentes.
  • Entreplanta o construcción de forjados intermedios en zonas en las que, por su altura, lo permita la edificación actual.
  • Colmatación o edificación de nueva planta que se sitúa en los espacios libres no cualificados del solar y ocupados por edificaciones marginales. No se podrá proceder a colmatar cuando la edificación existente ocupe más superficie que la que correspondería a la parcela por aplicación de la correspondiente ordenanza de zona.

Procedimiento

Actuaciones urbanísticas que por su entidad y especialización precisan para su definición de un Proyecto Técnico

Documentación a aportar

Para la solicitud de la licencia urbanística:

  • Solicitud normalizada debidamente cumplimentada.
  • Acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante legal.
  • Impreso de estadística de edificación y vivienda.
  • Autorizaciones sectoriales.
  • Proyecto técnico visado por el/los Colegio/s profesional/es correspondiente/s, cuyo contenido será el necesario y suficiente que permita a la Administración conocer el objeto y detalle de las obras solicitadas y verificar que las mismas se ajustan a las determinaciones del planeamiento urbanístico en vigor.

Tasas e impuestos

Según módulos y demás criterios contenidos en la Ordenanza Fiscal correspondiente.

Información

Oficina Técnica

Horario de información: Todos los días en horario de 8:00 a 14:00 h. (Tlfno: 922430000/01 – Ext. 13-11)

 

OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO

Definición

Son obras que tienen por objeto mejorar o transformar las condiciones de habitabilidad de un edificio o de una parte del mismo. Se incluyen en este tipo de obras la sustitución de instalaciones antiguas y la incorporación de nuevos sistemas de instalaciones.

Procedimiento

Actuaciones que por su entidad y especialización tiene una incidencia menor en el entorno urbanístico y no afectan al patrimonio protegido, no precisando de informe de la Comisión del Patrimonio Histórico Artístico

Documentación a aportar

Para la solicitud de la licencia urbanística:

  • Solicitud normalizada debidamente cumplimentada.
  • Acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante legal.
  • Impreso de estadística de edificación y vivienda.
  • Autorizaciones sectoriales.
  • Proyecto técnico visado por el/los Colegio/s profesional/es correspondiente/s, cuyo contenido será el necesario y suficiente que permita a la Administración conocer el objeto y detalle de las obras solicitadas y verificar que las mismas se ajustan a las determinaciones del planeamiento urbanístico en vigor.

 

Tasas e impuestos

Según módulos y demás criterios contenidos en la Ordenanza Fiscal correspondiente.

Información

Oficina Técnica

Horario de información: Todos los días en horario de 8:00 a 14:00 h. (Tlfno: 922430000/01 – Ext. 13-11)

 

 

PRIMERA OCUPACIÓN

Definición

Autorización de la puesta en uso de los edificios o instalaciones resultantes de obras de nueva edificación, y aquellas edificaciones, unidades edificatorias y locales resultantes de obras de reforma parcial, reforma general, consolidación y restauración, y en las que haya habido alteración del uso al que se destinan o modificaciones en la intensidad de dichos usos

Documentación a aportar, según los casos

·         Solicitud normalizada debidamente cumplimentada.

·         En el caso de representación, acreditación mediante presentación de poder.

·         Certificación final de obras suscrita por el técnico director de las mismas, donde además se justifique el ajuste de lo construido a la licencia en su día otorgada.

·         Certificado final de las obras de urbanización que se hubiesen acometido simultáneamente con las de edificación, siempre que su ejecución corresponda a los particulares.

·         Licencia de apertura, en caso que fuese un condicionante su presentación en la licencia de obras otorgada.

Tasas e impuestos

Según módulos y demás criterios contenidos en la Ordenanza Fiscal correspondiente.

Información

Oficina Técnica

Horario de información: Todos los días en horario de 8:00 a 14:00 h. (Tlfno: 922430000/01 – Ext. 13-11)

 

AUTORIZACIÓN DE OBRA MENOR

Definición

Actuaciones de escasa entidad técnica e impacto urbanístico, que no afectan al patrimonio protegido, ni a la estructura, disposición interior o aspecto exterior de la edificación: picado, enfoscado o pintura de fachadas, sustitución de carpintería y cerrajería sin modificar la dimensión de los huecos, impermeabilización de azoteas, sustitución o colocación de solados, alicatados, guarnecidos, etc., sustitución o mejora de instalaciones….

Documentación a aportar

Según los casos será preceptiva aportar la siguiente documentación:

  •          Cuando se pretenda cambiar el color de la pintura de la fachada, podrán exigirse fotografías de las edificaciones colindantes.
  •          Cuando comuniquen la sustitución de las carpinterías o cerrajerías de fachada, podrá exigirse documentación sobre las características de las mismas.
  •          Cuando se trate de obras que afecten a un local en uso, deberá aportarse fotocopia de la Licencia de Apertura.

Tasas e impuestos

3,4% Presupuesto Ejecución Material

Información

Oficina Técnica

Horario de información: Todos los días en horario de 8:00 a 14:00 h. (Tlfno: 922430000/01 – Ext. 13-11)

Para realizar cualquier otro tipo de solicitud que no se encuentre registrada debe rellener el formulario adjunto y nos pondremos en contacto con usted.

Es necesario presentar los documentos originales.

Lugar de presentación: Registro de Entrada

Coste del trámite: 0,60 céntimos por cada documento

Es necesario presentar instancia y no se aporta ningún tipo de documentación.

Lugar de presentación: Registro de Entrada.

Coste del trámite: 3,01 €.

No es necesario presentar solicitud, solo mostrar  D.N.I., Permiso de Residencia etc..

Lugar de presentación: Se  solicita directamente en la oficina de estadística.

Coste del trámite: 1,50 €.

Es necesario presentar instancia y no se aporta ningún tipo de documentación.

Lugar de presentación: Registro de Entrada.

Coste del trámite: 6,01 €

No es necesario presentar solicitud, solo mostrar  D.N.I., Permiso de Residencia etc.

Lugar de presentación: Se  solicita directamente en la oficina de estadística.

Coste del trámite: 3,01 €.

MATRIMONIO CIVIL

SOLTEROS

  1. CERTIFICADO LITERAL DE NACIMIENTO (Expedida por el Registro Civil del lugar de nacimiento)
  2. CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO de los dos últimos años.
  3. Venir con el D.N.I. original, o en caso de no tener la nacionalidad española, venir con el  pasaporte o la tarjeta de residencia, (NIE).
  4. Presentar dos testigos no familiares y mayores de edad, debiendo comparecer con los D.N.I. originales.

 

DIVORCIADOS

  1. Misma documentación que solteros
  2. Además CERTIFICADO LITERAL DE MATRIMONIO del Registro Civil del Lugar donde se contrajo dicho matrimonio, donde figure la anotación marginal de divorcio o nulidad, o testimonio de sentencia de divorcio donde conste que es firme.

 

VIUDOS

  1. Misma documentación que solteros
  2. CERTIFICADO LITERAL DE MATRIMONIO del Registro Civil del lugar donde se contrajo dicho matrimonio.
  3. CERTIFICADO LITERAL DE DEFUNCIÓN del anterior cónyuge.

 

EXTRANJEROS

  1. Misma documentación (según estado civil), legalizada y traducida (en su caso) por la Embajada o Consulado correspondiente.
  2. Acreditar documentalmente, con certificado del Consulado de su país en España, si la Ley Personal de su país, le exige la publicación de EDICTOS/PROCLAMAS al contraer matrimonio civil en España.
  3. CERTIFICADO DE APTITUD MATRIMONIAL  si en su país se exige.

 

MENORES DE EDAD

  1. Misma documentación que solteros
  2. CERTIFICADO LITERAL DE NACIMIENTO  con nota marginal de EMANCIPACIÓN, o DISPENSA JUDICIAL.

 

LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUD:  JUZGADO DE PAZ

 

DIRECCIÓN: C/ LA CONSTITUCIÓN Nº1 – EL PUEBLO – 38715 PUNTALLANA

 

HORARIO: 08:00 a 14:00 hs.

 

TELÉFONO:  922 43 00 00    (Ext. 49)      ó        922 43 00 01