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OBRAS DE URBANIZACION

Definición

Son aquellas obras de urbanización no municipales de carácter complementario o puntual, no incluidas en un proyecto de urbanización que desarrolle planeamiento, así como las de mera conservación y mantenimiento.

Procedimiento

Actuaciones que por su entidad y especialización tiene una incidencia menor en el entorno urbanístico y no afectan al patrimonio protegido, no precisando de informe de la Comisión del Patrimonio Histórico Artístico

Documentación a aportar

Para la solicitud de la licencia urbanística:

·         Solicitud normalizada debidamente cumplimentada.

·         Acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante legal.

·         Impreso de estadística de edificación y vivienda.

·         Proyecto técnico visado por el/los Colegio/s profesional/es correspondiente/s, cuyo contenido será el necesario y suficiente que permita a la Administración conocer el objeto y detalle de las obras solicitadas y verificar que las mismas se ajustan a las determinaciones del planeamiento urbanístico en vigor, conforme al art.38 y anexo I de las Ordenanzas.

 

Tasas e impuestos

Según Ordenanza Fiscal correspondiente

Información

Oficina Técnica

Horario de información: Todos los días en horario de 8:00 a 14:00 h. (Tlfno: 922430000/01 – Ext. 13-11)

OBRAS DE SUSTITUCION

Definición

Son aquellas mediante las que se derriba una edificación existente o parte de ella y en su lugar se levanta una nueva construcción.

Procedimiento

Actuaciones urbanísticas que por su entidad y especialización precisan para su definición de un Proyecto Técnico

Documentación a aportar

Para la solicitud de la licencia urbanística:

  • Solicitud normalizada debidamente cumplimentada.
  • Acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante legal.
  • Impreso de estadística de edificación y vivienda.
  • Autorizaciones sectoriales.
  • Proyecto técnico visado por el/los Colegio/s profesional/es correspondiente/s, cuyo contenido será el necesario y suficiente que permita a la Administración conocer el objeto y detalle de las obras solicitadas y verificar que las mismas se ajustan a las determinaciones del planeamiento urbanístico en vigor.

 

Tasas e impuestos

Según Ordenanza Fiscal correspondiente

Información

Oficina Técnica

Horario de información: Todos los días en horario de 8:00 a 14:00 h. (Tlfno: 922430000/01 – Ext. 13-11)

 

OBRAS DE RESTAURACION

Definición

Son obras que tienen por objeto la restitución de los valores históricos y arquitectónicos de un edificio existente o de parte del mismo, reproduciéndose con absoluta fidelidad la estructura portante, la estructura arquitectónica, las fachadas exteriores e interiores y los elementos ornamentales.

Procedimiento

Actuaciones urbanísticas que por su entidad y especialización precisan para su definición de un Proyecto Técnico

Documentación a aportar

Para la solicitud de la licencia urbanística:

  • Solicitud normalizada debidamente cumplimentada.
  • Acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante legal.
  • Impreso de estadística de edificación y vivienda.
  • Autorizaciones sectoriales
  • Proyecto técnico visado por el/los Colegio/s profesional/es correspondiente/s, cuyo contenido será el necesario y suficiente que permita a la Administración conocer el objeto y detalle de las obras solicitadas y verificar que las mismas se ajustan a las determinaciones del planeamiento urbanístico en vigor.

 

Tasas e impuestos

Según Ordenanza Fiscal correspondiente

Información

Oficina Técnica

Horario de información: Todos los días en horario de 8:00 a 14:00 h. (Tlfno: 922430000/01 – Ext. 13-11)

 O

OBRAS DE REFORMA MENOR

Definición

Son obras en las que no se efectúan variaciones en ninguno de los aspectos que definen las principales características arquitectónicas del edificio, como son el sistema estructural, la composición espacial y su organización general, así como aquellas obras de redistribución interior que no afecten a los conceptos anteriores citados, ni a los elementos de valor tales como fachadas exteriores e interiores, cubiertas, disposición de crujías y forjados, patios, escaleras y jardines.

Procedimiento

Actuaciones que por su entidad y especialización tiene una incidencia menor en el entorno urbanístico y no afectan al patrimonio protegido, no precisando de informe de la Comisión del Patrimonio Histórico Artístico

Documentación a aportar

Para la solicitud de la licencia urbanística:

  • Solicitud normalizada debidamente cumplimentada.
  • Acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante legal.
  • Impreso de estadística de edificación y vivienda.
  • Autorizaciones sectoriales.
  • Proyecto técnico visado por el/los Colegio/s profesional/es correspondiente/s, cuyo contenido será el necesario y suficiente que permita a la Administración conocer el objeto y detalle de las obras solicitadas y verificar que las mismas se ajustan a las determinaciones del planeamiento urbanístico en vigor.

Tasas e impuestos

Según Ordenanza Fiscal correspondiente

Información

Oficina Técnica

Horario de información: Todos los días en horario de 8:00 a 14:00 h. (Tlfno: 922430000/01 – Ext. 13-11)

 

OBRAS DE REFORMA PARCIAL

Definición

Son obras en las que, conservándose la fachada, la disposición de los forjados en la primera crujía, el tipo de cubierta, así como el resto de los elementos arquitectónicos de valor (patios, escaleras, jardines, etc.) permiten demoliciones que no afecten a elementos o espacios catalogados y su sustitución por nueva edificación, siempre que las condiciones de edificabilidad de la zona lo permitan. Si la composición de la fachada lo exigiese, también se permitirán pequeños retoques en la misma.

Procedimiento

Actuaciones urbanísticas que por su entidad y especialización precisan para su definición de un Proyecto Técnico

Documentación a aportar

Para la solicitud de la licencia urbanística:

  • Solicitud normalizada debidamente cumplimentada.
  • Acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante legal.
  • Impreso de estadística de edificación y vivienda.
  • Autorizaciones sectoriales
  • Proyecto técnico visado por el/los Colegio/s profesional/es correspondiente/s, cuyo contenido será el necesario y suficiente que permita a la Administración conocer el objeto y detalle de las obras solicitadas y verificar que las mismas se ajustan a las determinaciones del planeamiento urbanístico en vigor, conforme al art.38 y anexo I de las Ordenanzas.

 

Tasas e impuestos

Según Ordenanza Fiscal correspondiente.

Información

Oficina Técnica

Horario de información: Todos los días en horario de 8:00 a 14:00 h. (Tlfno: 922430000/01 – Ext. 13-11)

 

OBRAS DE REFORMA GENERAL

Definición

Son obras en las que, conservándose la fachada, la disposición de los forjados en la primera crujía, el tipo de cubierta, así como el resto de los elementos arquitectónicos de valor (patios, escaleras, jardines, etc.) permiten demoliciones que no afecten a elementos o espacios catalogados y su sustitución por nueva edificación, siempre que las condiciones de edificabilidad de la zona lo permitan. Si la composición de la fachada lo exigiese, también se permitirán pequeños retoques en la misma.

Procedimiento

Actuaciones urbanísticas que por su entidad y especialización precisan para su definición de un Proyecto Técnico

Documentación a aportar

Para la solicitud de la licencia urbanística:

  • Solicitud normalizada debidamente cumplimentada.
  • Acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante legal.
  • Impreso de estadística de edificación y vivienda.
  • Autorizaciones sectoriales
  • Proyecto técnico visado por el/los Colegio/s profesional/es correspondiente/s, cuyo contenido será el necesario y suficiente que permita a la Administración conocer el objeto y detalle de las obras solicitadas y verificar que las mismas se ajustan a las determinaciones del planeamiento urbanístico en vigor, conforme al art.38 y anexo I de las Ordenanzas.

 

Tasas e impuestos

Según Ordenanza Fiscal correspondiente.

Información

Oficina Técnica

Horario de información: Todos los días en horario de 8:00 a 14:00 h. (Tlfno: 922430000/01 – Ext. 13-11)

 

 

OBRAS DE RECONSTRUCCIÓN

Definición

Son aquellas que tienen por objeto la reposición, mediante nueva construcción, de un edificio preexistente, total o parcialmente desaparecido, reproduciendo en el mismo lugar sus características formales.

Procedimiento

Actuaciones urbanísticas que por su entidad y especialización precisan para su definición de un Proyecto Técnico

Documentación a aportar

Para la solicitud de la licencia urbanística:

  • Solicitud normalizada debidamente cumplimentada.
  • Acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante legal.
  • Impreso de estadística de edificación y vivienda.
  • Autorizaciones sectoriales
  • Proyecto técnico visado por el/los Colegio/s profesional/es correspondiente/s, cuyo contenido será el necesario y suficiente que permita a la Administración conocer el objeto y detalle de las obras solicitadas y verificar que las mismas se ajustan a las determinaciones del planeamiento urbanístico en vigor.

 

Tasas e impuestos

Según Ordenanza Fiscal corresondiente

Información

Oficina Técnica

Horario de información: Todos los días en horario de 8:00 a 14:00 h. (Tlfno: 922430000/01 – Ext. 13-11)

 

 

LICENCIA DE PARCELACION

Definición

Se considera parcelación toda agregación, división o subdivisión simultánea o sucesiva de terrenos en dos o más lotes.

Procedimiento

Actuaciones que por su entidad y especialización tiene una incidencia menor en el entorno urbanístico y no afectan al patrimonio protegido.

Documentación a aportar

Para la solicitud de la licencia urbanística:

  • Solicitud normalizada debidamente cumplimentada.
  • Acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante legal.
  • Impreso de estadística de edificación y vivienda.
  • Proyecto técnico visado por el/los Colegio/s profesional/es correspondiente/s, cuyo contenido será el necesario y suficiente que permita a la Administración conocer el objeto y detalle de las obras solicitadas y verificar que las mismas se ajustan a las determinaciones del planeamiento urbanístico en vigor.

Tasas e impuestos

Según Ordenanza Fiscal correspondiente.

Información

Oficina Técnica

Horario de información: Todos los días en horario de 8:00 a 14:00 h. (Tlfno: 922430000/01 – Ext. 13-11)

 L

 

OBRAS DE NUEVA PLANTA

Definición

Son obras de nueva construcción sobre solares vacantes.

Procedimiento

Actuaciones urbanísticas que por su entidad y especialización precisan para su definición de un Proyecto Técnico

Documentación a aportar

Para la solicitud de la licencia urbanistica:

  • Solicitud normalizada debidamente cumplimentada.
  • Acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante legal.
  • Impreso de estadística de edificación y vivienda.
  • Autorizaciones sectoriales
  • Proyecto técnico visado por el/los Colegio/s profesional/es correspondiente/s, cuyo contenido será el necesario y suficiente que permita a la Administración conocer el objeto y detalle de las obras solicitadas y verificar que las mismas se ajustan a las determinaciones del planeamiento urbanístico en vigor.

 

Tasas e impuestos

Según Ordenanza Fiscal correspondiente

Información

Oficina Técnica

Horario de información: Todos los días en horario de 8:00 a 14:00 h. (Tlfno: 922430000/01 – Ext. 13-11)